lunes, 8 de febrero de 2016

CGT se ha adherido como demandante para reclamar que la hora ordinaria tenga el valor real del trabajo realizado y no esté hasta un 60% por debajo como ocurre en la actualidad.




  Confederación
General Del
Trabajo
CGT - Aena
Confederación
General Del
Trabajo

CGT - aena ENAIRe


 

Comunicado CGT






 

CGT se ha adherido como demandante para reclamar que la hora ordinaria tenga el valor real del trabajo realizado y no esté hasta un 60% por debajo como ocurre en la actualidad.


 


El Valor del Salario-Hora en Aena / ENAIRE a la Audiencia Nacional.
 
CGT el día 2 de febrero se ha adherido como demandante para reclamar que la hora ordinaria tenga el valor real del trabajo realizado y no esté hasta un 60% por debajo como ocurre en la actualidad.
En un procedimiento de impugnación del Convenio instado por la CIG (Confederación intersindical galega), CGT se personó para denunciar que, contraviniendo la reciente jurisprudencia, la base de cálculo para la hora ordinaria de trabajo está muy por debajo del salario-hora real, lo que produce que en muchos casos, a pesar del incremento del 175% - 200%, la hora extra real retribuida al trabajador esté incluso por debajo de lo que es su salario-hora real ordinario.
Tanto AENA como ENAIRE reconocieron que, a pesar de la tasa teórica del 200%, el trabajador de media solo llega a percibir el 145% de incremento de salario-real.
En el caso de la compensación de hora por Formación fuera de la jornada laboral, éstas no llegan a suponer el 80% del valor real en cualquier salario y categoría de la hora de trabajo.
La base de cálculo no incluye más que dos conceptos salariales y excluye el resto de nuestras retribuciones. Esto se introdujo entre los firmantes del Convenio para jugar con el reparto de la masa salarial. A partir de entonces, los conceptos consolidados del Convenio, el Salario-Base y Nivel, se reducen frente a los conceptos no consolidados y los variables (aquellos que se pueden o no percibir), como el complemento de cumplimiento de jornada o, más obvio, el que ha desaparecido de la masa salarial al Fondo de Pensiones (salarios diferidos).
De entre los que avalaron esta clandestinidad, AENA y ENAIRE defendieron que 1/1 nuestra hora ordinaria en cómputo siga siendo muy inferior al valor real de nuestro salario-hora; CCOO solicitó una sentencia ajustada a derecho; UGT no se presentó y USO a pesar de ser firmante se adhirió a la postura de los demandantes.
Los sindicatos CSPA y ELA/STV se adhirieron a la demanda y defendieron a la ilegalidad de este articulado del Convenio.
Se abriría la oportunidad de defender el derecho individual de reclamar las cantidades no abonados por la aplicación de esta fórmula de cálculo del salario hora ordinario. Y muy especialmente del compensación que se hace de las horas dedicadas a formación fuera de la jornada, ya que ahora son incluso muy inferiores al valor real de la hora ordinaria.
Seguiremos informando…. [ aquí puedes ver la demanda ]




 
 


 
  url:   [ para enlazar aquí ]
         
 
     
       
 
CGTAenaSI_2013.jpg  
Aeropuerto de Barajas T2 - Locales Sindicales
Av. La Hispanidad s/n,  28042 Madrid  
Teléf.- 913936618    -   www.cgt-aena.org

       
     

No hay comentarios:

Publicar un comentario